

¡Claves del USD₮ en Venezuela!
Resumen IA
La Academia de Ciencias Políticas y Sociales (Acienpol) convocó a un foro académico para analizar las Consideraciones Jurídicas, Tributarias y Contables del uso de la stablecoin USD₮ (Tether) en el contexto venezolano.
Aquí presentamos un resumen de los puntos clave expuestos por el Dr. Juan Cristóbal Carmona Borjas y el Lic. Alejandro Gómez Gomes:
🎙️ Dr. Juan Cristóbal Carmona Borjas: Consideraciones Jurídicas
El Dr. Carmona Borjas abordó la naturaleza del USD₮, enfatizando la necesidad de comprender su funcionamiento más allá de la perspectiva tecnológica.
- Contexto Venezolano: Venezuela es un país con un mercado multimoneda. Ocupa el puesto 18 a nivel mundial en transacciones con criptomonedas (o el 9no. si se ajusta por población) y el 2do. en Latinoamérica (solo detrás de Brasil). La adopción del USD₮ está impulsada por la realidad económica, como la alta inflación y la devaluación.
- Definición Tecnológica: USD₮ es un criptoactivo de la categoría stablecoin. Es un token digital emitido sobre una blockchain ajena (como Ethereum, usando el estándar RC20).
- Naturaleza Jurídica:
- No es Dinero: Ni las criptomonedas ni las stablecoins son reconocidas como dinero de curso legal por ordenamiento jurídico alguno. Su valor está atado al dinero fiduciario.
- Es un Bien: Se clasifica como un bien incorporal o intangible a la luz del Código Civil venezolano.
- No es Operación Cambiaria: El intercambio de un bien (el USDT) por dinero (bolívares) no constituye una operación cambiaria.
- Ecosistema y Regulación:
- Emisor Centralizado: El USD₮ es centralizado, emitido por Tether International, S.A. de C.V., domiciliada en El Salvador.
- Contrato de Emisión: El contrato se rige por la ley de El Salvador y contempla cláusulas de exención de responsabilidad para Tether International.
- Restricción para Venezuela: El contrato establece que el Gobierno de Venezuela es una «persona prohibida» que no podrá poseer ni operar directamente USD₮.
- Mercado Secundario (Exchanges): La operativa en el mercado secundario a través de exchanges (como Criptolago) está regulada por la Providencia 01219 de SUNACRIP.
- Usabilidad: El USD₮ puede servir como mecanismo de cobertura o hedging para preservar el poder adquisitivo, como unidad de valor (para indexar precios), o como medio de pago (siempre y cuando se pacte).
📊 Lic. Alejandro Gómez Gomes: Consideraciones Contables y Tributarias
El Lic. Alejandro Gómez Gomes abordó cómo deben registrarse estas transacciones en los estados financieros y las implicaciones fiscales derivadas.
- Marco Contable (Internacional y Local):
- NIC 38: El Comité de Interpretación de NIIF concluyó que los criptoactivos deben tratarse como activos intangibles bajo la NIC 38.
- BA VEN-NIF N° 12: El boletín venezolano (de aplicación obligatoria) refuerza esta conclusión, obligando a reconocer los criptoactivos (para las entidades no dedicadas al intercambio) como activos intangibles de vida indefinida.
- Reconocimiento y Medición:
- Reconocimiento Inicial: Debe realizarse al costo de adquisición (el precio desembolsado o el valor razonable del activo entregado en permuta).
- Medición Posterior: Se utiliza el valor razonable de mercado (Nivel 1 o Nivel 2, utilizando precios de mercados activos u observables).
- Tratamiento de Ganancias y Pérdidas de Valoración:
- Incrementos de Valor (Ganancias): Se reconocen en la cuenta de Otros Resultados Integrales (ORI), impactando el patrimonio pero no el resultado operativo del ejercicio.
- Disminuciones de Valor (Pérdidas): Se reconocen directamente en el Estado de Resultados (como una pérdida por tenencia de criptoactivos), afectando el resultado del ejercicio (principio de prudencia contable).
- Implicaciones Tributarias Clave:
- ISLR (Impuesto Sobre la Renta): Las ganancias no realizadas (por simple valoración) no son gravables. Las ganancias o pérdidas se toman en cuenta fiscalmente cuando la transacción está realizada (al disponer del activo). La deducibilidad de las pérdidas (incluso en dación en pago) dependerá de demostrar su normalidad, necesidad y causación.
- IGP (Impuesto a los Grandes Patrimonios): El valor a declarar es el valor de mercado del criptoactivo al 30 de septiembre.
- IVA (Impuesto al Valor Agregado): La transferencia del USD₮ (un activo intangible) no está sujeta al IVA.
- IGTF (Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras): Se aplica por pagos en criptoactivos a Sujetos Pasivos Especiales (SPE) sin intermediación del sistema financiero. El pago en bolívares para adquirir el USD₮ está sujeto actualmente a una alícuota del 0%.
- Para-fiscales: Los resultados (ganancias/pérdidas) generados por la disposición o valoración del USD₮ pueden impactar la base imponible de contribuciones como FONASIT (que abarca todo ingreso) y el Fondo Nacional del Deporte (utilidad neta).
Este evento contó con el apoyo de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales y busca ofrecer claridad sobre la complejidad de la economía digital en Venezuela, dirigida a profesionales del derecho, contadores, economistas y empresarios.
