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Anti-CBDC Surveillance State Act (Ley Anti-Estado de Vigilancia CBDC) EEUU

19 de julio de 2025
Anti-CBDC Surveillance State Act (Ley Anti-Estado de Vigilancia CBDC) EEUU
Anti-CBDC Surveillance State Act (Ley Anti-Estado de Vigilancia CBDC) EEUU
Anti-CBDC Surveillance State Act (Ley Anti-Estado de Vigilancia CBDC) EEUU 3

Anti-CBDC Surveillance State Act (Ley Anti-Estado de Vigilancia CBDC) – H.R.1919, aprobada por la Cámara pero pendiente en el Senado

Texto completo traducido (esta ley es breve):

Esta Ley puede citarse como la “Ley Anti-Estado de Vigilancia CBDC”.

SECCIÓN 2. Prohibición a los bancos de reserva federal en relación con ciertos productos o servicios para individuos y prohibición de emitir directamente una moneda digital de banco central.

La Sección 16 de la Ley de la Reserva Federal (12 U.S.C. 411 et seq.) se enmienda agregando al final el siguiente párrafo nuevo:

“(18) PROHIBICIÓN DE CIERTOS PRODUCTOS O SERVICIOS Y PROHIBICIÓN DE EMITIR MONEDA DIGITAL DE BANCO CENTRAL DIRECTAMENTE A INDIVIDUOS.—

“(A) EN GENERAL.—Un banco de reserva federal no podrá—

“(i) ofrecer productos o servicios directamente a un individuo;

“(ii) mantener una cuenta a nombre de un individuo; o

“(iii) emitir una moneda digital de banco central, o cualquier activo digital que sea sustancialmente similar bajo cualquier otro nombre o etiqueta, directamente a un individuo.

“(B) En este párrafo, el término ‘moneda digital de banco central’ tiene el significado dado en la sección 10(11)(D).”.

SECCIÓN 3. Prohibición a los bancos de reserva federal de emitir indirectamente una moneda digital de banco central.

La Sección 16 de la Ley de la Reserva Federal, según enmendada por la sección 2, se enmienda aún más agregando al final el siguiente párrafo:

“(19) (A) Un banco de reserva federal no podrá ofrecer una moneda digital de banco central, o cualquier activo digital que sea sustancialmente similar bajo cualquier otro nombre o etiqueta, indirectamente a un individuo a través de una institución financiera u otro intermediario.”.

SECCIÓN 4. Prohibición a la Junta de Gobernadores con respecto a la moneda digital de banco central.

La Sección 10 de la Ley de la Reserva Federal (12 U.S.C. 241 et seq.) se enmienda insertando antes del párrafo (12) lo siguiente:

“(11) PROHIBICIÓN CON RESPECTO A LA MONEDA DIGITAL DE BANCO CENTRAL.—

“(A) EN GENERAL.—La Junta de Gobernadores del Sistema de la Reserva Federal no podrá probar, estudiar, desarrollar, crear o implementar una moneda digital de banco central, o cualquier activo digital que sea sustancialmente similar bajo cualquier otro nombre o etiqueta.

“(B) POLÍTICA MONETARIA.—La Junta de Gobernadores del Sistema de la Reserva Federal y el Comité Federal de Mercado Abierto no podrán usar una moneda digital de banco central para implementar política monetaria, o cualquier activo digital que sea sustancialmente similar bajo cualquier otro nombre o etiqueta.

“(C) EXCEPCIÓN.—El subpárrafo (A) y las secciones 16(18)(A)(iii) y 16(19)(A) no se interpretarán para prohibir cualquier moneda denominada en dólares que sea abierta, sin permiso y privada, y que preserve completamente las protecciones de privacidad de las monedas y la moneda física de Estados Unidos.

“(D) DEFINICIÓN.—En este párrafo, el término ‘moneda digital de banco central’ significa una forma de dinero digital o valor monetario que es—

“(i) un pasivo directo del banco central; y

“(ii) accesible a través de cuentas o dispositivos digitales.”.

Para el texto integral en inglés, consulta https://www.congress.gov/bill/119th-congress/house-bill/1919/text.

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