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La incidencia de impugnación de correos electrónicos y chats + Tips de promoción

17 de diciembre de 2023

La incidencia de impugnación de mensajes de datos en materia civil y en procesos con supletoriedad del CPC

La incidencia de impugnación de correos electrónicos y chats + Tips de promoción
La incidencia de impugnación de correos electrónicos y chats + Tips de promoción 2


Recientemente se ha ampliado el criterio jurisprudencial venezolano la con sentencias de la sala civil del Tribunal Supremo de Justicia respecto al trámite probatorio de mensajes de datos tipo correo electrónico y ahora en fecha 10/11/2023 con el pronunciamiento específico sobre mensajes de datos tipo chat.

Desde la sentencia Rockwell Automation del 2007, la Sala Civil, en todos los casos de promoción de mensajes de datos no firmados electrónicamente, son considerados como prueba libre y es el juez el que tiene la obligación como director del proceso de elegir el medio análogo de evacuación para este tipo de documentos electrónicos. Ambas sentencias establecen que para oponer al contrario mensajes de datos, puede hacerse por vía de impresión de los mismos, utilizando a la misma Ley de Mensajes de Datos y Firmas electrónicas como base, al darle validez a las impresiones la equivalencia de copia simple, que aunque en el Código de Procedimiento Civil no están previstas como medio probatorio per se, en estas sentencias se les ha dado expresa cabida (en mi criterio las copias simples a su vez pudieran ser un tipo de prueba libre).

No obstante lo antes expuesto, ha quedado sumamente claro que los mensajes de datos que puedan ser objeto de impresión, en especial los correos electrónicos y los chats hasta ahora, es suficiente que los mismos sean consignados impresos y en caso de no impugnación se tendrán como fidedignos sin que se haga necesaria prueba ulterior o adicional. Ninguna de las sentencias sobre la validez de las impresiones ha establecido la fuente de impresión o formalismos sobre las impresiones, es decir, no se establece un mecanismo específico para la impresión de los mensajes de datos y no quedan descartados las capturas de pantalla para oponérselas a la otra parte (Son las menos recomendadas pero pueden ser el último recurso a ser utilizado), pudiendo las capturas de pantallas quedar reconocidas en caso de no ser impugnadas.

De la incidencia en caso de impugnación de las impresiones.


Ya establecido que es juez es el director del proceso civil, debe en caso de que no se haya solicitado o promovido un medio para la evacuación en caso de impugnación por parte del promovente, es el juez quien debe de oficio hacerlo por tratarse de pruebas libres y por lo establecido en la Sentencia Rockwell Automation.

En nuestro criterio el juez deberá a solicitud de parte o de oficio abrir una articulación probatoria del 607 del Código de Procedimiento Civil. No es aplicable la incidencia de cotejo, por cuanto aunque pudieran percibirse algunos parecidos o analogías, no hay documentos indubitados electrónicos, salvo algunos elementos técnicos de los mensajes de datos. En esta indicencia pueden promoverse distintos medios probatorios entre ellos la experticia informática forense (el técnicamente más efectivo), no siendo este medio exclusivo. Este incidencia es breve y podría ser extendida excepcionalmente por necesidad del proceso.

Tips para promoción de mensajes de datos tipo chat.


1) Exportar el chat con asesoría de un práctico con conocimientos en informática forense o experto forense en informática certificado.
2) Imprima el chat desde su formato nativo y anéxelo a su promoción de pruebas oponiéndolo al adversario.
3) Anexe los mensajes de datos en su formato electrónico, en un dispositivo de almacenaje preferiblemente disco compacto o análogo.

4) Promueva oponiendo las impresiones, los archivos electrónicos y promueva experticias informáticas subsidiaras en caso de impugnación.
5) Asista a los actos periciales y haga observaciones o designe un delegado experto o técnico para la evacuación.
6) Asesórese por profesional certificado para los pasos anteriores.

Raymond J. Orta Martínez

El autor es un experto en Grafotécnica, Dactiloscopia e Informática Forense, con un enfoque en análisis de mensajes de datos como correos, chats, internet, imágenes, audio, vídeo y bases de datos. Es Abogado graduado de la USM en 1990, con especializaciones en Tecnologías Gerenciales UNE y Derecho Procesal UCV. Además, ha completado varios cursos en áreas como SEO, análisis de vídeo y audio forense, y informática forense. Orta es miembro de varias sociedades profesionales y ha desempeñado roles docentes en pruebas informáticas. Ha publicado varios trabajos relacionados con firmas electrónicas, derecho de nuevas tecnologías y grafotécnia. Es perito certificado de X-Ways Forensics

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https://tugacetaoficial.com/jurisprudencia/tsj-valor-de-chats-de-whatsapp-como-prueba-en-venezuela-10-11-2023/