

¿Como encontrar un equilibrio entre la libertad, seguridad y responsabilidad en Redes Sociales?
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La adolescente implicada es Ashley Aways, una joven venezolana de 16 años. Este caso tuvo lugar en Venezuela y llamó la atención por su impacto en las redes sociales.
Descripción del video: Ashley publicó un video en TikTok en el que se burlaba de la muerte por cáncer de la madre de otra tiktoker, Karlenys Arocha. En el contenido, mostraba imágenes de la madre de Karlenys durante su enfermedad y hacía comentarios despectivos, como: “Te dije que estuvieras pendiente de tu mamá en lugar de estar pendiente de mi vida”. Además, usó canciones como «Querida yo» y «Yo te extrañaré» de forma irónica. El video se viralizó rápidamente, alcanzando más de 8 millones de reproducciones antes de ser eliminado.
Reacción pública y consecuencias legales
La publicación generó una ola de indignación en redes sociales, donde usuarios expresaron su repudio y etiquetaron al fiscal general de Venezuela, Tarek William Saab. La Fiscalía 59 Nacional abrió una investigación, y Ashley fue detenida por el delito de instigación al odio. El Ministerio Público solicitó su privación de libertad en un centro de rehabilitación para adolescentes en Yaracuy, donde permanece bajo custodia.
Posteriormente, el padre de Ashley pidió clemencia y una audiencia con el fiscal Saab, argumentando que su hija no cometió un «acto criminal grave» y ofreciendo disculpas a la familia afectada. Sin embargo, no se ha reportado un cambio en su situación legal.
Este incidente ha desatado un debate en Venezuela y más allá sobre los límites de la libertad de expresión en redes sociales, así como la responsabilidad de los usuarios, especialmente menores de edad, en el manejo de plataformas digitales.
CRBV Artículo 57 Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, sus ideas u opiniones de viva voz, por escrito o mediante cualquier otra forma de expresión, y de hacer uso para ello de cualquier medio de comunicación y difusión, sin que pueda establecerse censura. Quien haga uso de este derecho asume plena responsabilidad por todo lo expresado. No se permite el anonimato, ni la propaganda de guerra, ni los mensajes discriminatorios, ni los que promuevan la intolerancia religiosa.
CRBV Artículo 60 Toda persona tiene derecho a la protección de su honor, vida privada, intimidad, propia imagen, confidencialidad y reputación.
La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y ciudadanas y el pleno ejercicio de sus derechos.
REPUTACION POST MORTEM:
La reputación y la dignidad de una persona después de su muerte están protegidas por la privacidad post mortem. Esta protección permite controlar la difusión de información personal después del fallecimiento.
Protección post mortem
La Constitución Española protege la dignidad de las personas fallecidas.
La Ley Orgánica 1/1982 de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen protege los derechos fundamentales al honor, la intimidad y la propia imagen.
La legislación española contempla otras formas de protección post mortem, como el derecho de rectificación de los herederos.
Se prohíbe la censura a los funcionarios públicos o funcionarias públicas para dar cuenta de los asuntos bajo sus responsabilidades.
El futuro de la expresión digital: Un equilibrio entre libertad, seguridad y responsabilidad
El caso de una adolescente en Venezuela que se burló en TikTok de la muerte de la madre de otra creadora de contenido pone en el centro del debate un tema crucial en la era de las redes sociales: ¿cómo encontrar un equilibrio entre la libertad, la seguridad y la responsabilidad en la expresión digital? Este incidente, en el que la joven fue detenida por instigación al odio tras la viralización de su video, ilustra los desafíos de un entorno donde las acciones en línea tienen consecuencias reales. A continuación, exploramos estos tres pilares y cómo podrían coexistir de manera equilibrada.
Libertad: Un derecho fundamental con límites éticos
La libertad de expresión es un pilar esencial de las plataformas digitales como TikTok, que han democratizado la comunicación y dado voz a millones de personas para compartir ideas, creatividad y opiniones. Este acceso sin precedentes fomenta la diversidad y el cambio social. Sin embargo, como muestra el caso de la adolescente venezolana, esta libertad no puede ser absoluta. Al usar la plataforma para mofarse de una tragedia personal, la joven cruzó un límite ético, demostrando que la libertad de expresión debe ir acompañada de un sentido de responsabilidad para evitar causar daño.
Seguridad: Proteger a los usuarios en el mundo digital
La seguridad en el contexto digital implica proteger a los usuarios de abusos como el ciberacoso, el cual puede tener graves repercusiones emocionales y psicológicas. En este caso, el video de la adolescente fue interpretado como una forma de ciberacoso, ya que ridiculizaba un evento doloroso y afectaba directamente a la víctima. Esto resalta la necesidad de crear entornos digitales seguros donde los usuarios puedan interactuar sin temor a ser atacados. Las plataformas deben desempeñar un papel activo en la prevención de contenido dañino, pero esto plantea el desafío de evitar medidas que puedan percibirse como censura.
Responsabilidad: El rol del usuario en un entorno compartido
La responsabilidad individual es clave para el buen funcionamiento de los espacios digitales. Los usuarios deben ser conscientes del impacto de sus palabras y acciones en línea. En este incidente, la adolescente no solo faltó al respeto a la persona afectada, sino que también ignoró las posibles consecuencias de su comportamiento, lo que generó indignación y una respuesta legal. Para fomentar esta responsabilidad, es fundamental promover la educación digital desde edades tempranas, enseñando valores como la empatía, el respeto y la comprensión de las repercusiones de las acciones en línea.
Estrategias para lograr el equilibrio
Para que la libertad, la seguridad y la responsabilidad coexistan en el futuro de la expresión digital, se requiere un enfoque combinado:
Educación y alfabetización digital: Implementar programas que enseñen a los usuarios, especialmente a los más jóvenes, cómo usar las plataformas de manera ética y responsable. Esto incluye entender las consecuencias emocionales y legales de sus acciones, como se vio en el caso de la detención de la adolescente.
Políticas de moderación efectivas: Las plataformas deben establecer y aplicar directrices claras para prevenir la difusión de contenido dañino, como burlas o incitación al odio. Sin embargo, estas políticas deben diseñarse cuidadosamente para no limitar excesivamente la libertad de expresión, evitando el riesgo de censura.
Medidas legales como último recurso: En casos graves, como el de la adolescente venezolana, las leyes pueden intervenir para sancionar comportamientos que violen derechos o promuevan el odio. No obstante, un enfoque punitivo no siempre aborda las causas subyacentes del problema, por lo que debería complementarse con educación y prevención en lugar de ser la única solución.
A continuación, las principales normativas jurídicas que regulan el uso de redes sociales en Venezuela, citando los artículos relevantes:
- Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos (Ley Resorte)
Esta ley regula los medios de comunicación en general, incluyendo los electrónicos, lo que abarca las redes sociales aunque no las mencione explícitamente.
Artículo 27: Prohíbe la difusión de mensajes en cualquier medio de comunicación, incluyendo los electrónicos, que infrinjan ciertas normas. Este artículo establece restricciones generales, pero sus términos son vagos y pueden interpretarse de manera amplia, lo que podría afectar el contenido publicado en redes sociales. - Ley contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia
Aprobada en 2017 por la Asamblea Nacional Constituyente, esta ley es más específica en cuanto a la regulación de las redes sociales y busca prevenir la difusión de mensajes de odio.
Artículo 14: Obliga a los prestadores de servicios de redes sociales a adoptar medidas para evitar la difusión de mensajes de odio. Esto impone responsabilidades directas a las plataformas digitales que operan en Venezuela.
Artículo 22: Establece sanciones para quienes publiquen o promuevan mensajes de odio en redes sociales, incluyendo multas y penas de prisión.
Contexto adicional
Estas leyes han sido criticadas por su potencial para restringir la libertad de expresión, ya que su aplicación depende de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), un organismo adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Comunicación e Información, cuya directiva es designada por el presidente, lo que podría afectar su imparcialidad.
Además, existe un Proyecto de Ley de Redes Sociales que el gobierno venezolano ha planteado, pero que aún no ha sido aprobado. Este proyecto busca regular de manera más estricta el uso de las redes sociales, inspirándose en normativas como la Ley NetzDG de Alemania, que combate el discurso de odio y el contenido ilegal en línea.
En resumen, las normas jurídicas vigentes que regulan las redes sociales en Venezuela son principalmente la Ley Resorte (Artículo 27) y la Ley contra el Odio (Artículos 14 y 22), enfocándose en la difusión de mensajes en medios electrónicos y la prevención del odio, respectivamente.
RESPONSABILIDAD EN LAS REDES SOCIALES
ARTÍCULO 14. La difusión de mensajes a través de las redes sociales y medios electrónicos que promuevan la guerra o inciten al odio nacional, racial, étnico, religioso, político, social, ideológico, de género, orientación sexual, identidad de género, expresión de género y de cualquier otra naturaleza que constituya incitación a la discriminación, la intolerancia o la violencia a través se encuentra prohibida.
Las personas jurídicas que administran las redes sociales y medios electrónicos se encuentran obligadas a cumplir estrictamente lo dispuesto en esta disposición y adoptarán las medidas adecuadas para prevenir la difusión de estos mensajes. A tal efecto, deberán retirar inmediatamente de su difusión cualquier propaganda o mensaje que la contravenga.
SANCIÓN POR LA DIFUSIÓN DE MENSAJES A FAVOR DEL ODIO Y LA GUERRA
ARTÍCULO 22. El prestador de servicio de radio o televisión que difunda mensajes que constituyan propaganda a favor de la guerra o apología del odio nacional, racial, religioso, político o de cualquier otra naturaleza serán sancionados con la revocatoria de la concesión, de conformidad con el procedimiento establecido en la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos.
En el caso de las redes sociales y medios electrónicos si la difusión de los mensajes a que hace referencia este artículo, no es retirada dentro de las seis horas siguientes a su publicación, la persona jurídica responsable de la misma será sancionada con multa desde cincuenta mil a cien mil unidades tributarias.
Ley Orgánica de Reforma a la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia 2021
Violencia mediática: Es la exposición de la mujer, niña o adolescente, a través de cualquier medio de difusión, que de manera directa o indirecta explote, discrimine, deshonre, humille o que atente contra su dignidad con fines económicos, sociales o de dominación.
El futuro de la expresión digital depende de un equilibrio delicado entre la libertad de expresarse, la seguridad de los usuarios y la responsabilidad de quienes participan en estos espacios. El caso de la adolescente en TikTok nos recuerda que las plataformas digitales son un reflejo de nuestras sociedades: ofrecen oportunidades extraordinarias, pero también exigen un uso consciente y respetuoso. Combinando educación, políticas de moderación y, en casos extremos, medidas legales, podemos construir un entorno donde la libertad no comprometa la seguridad ni la dignidad de los demás, asegurando que la expresión digital sea una herramienta de conexión y no de división.
Imputabilidad de los niños y adolescentes en Venezuela
La imputabilidad en el contexto legal se refiere a la capacidad de una persona para ser considerada responsable de sus acciones ante la ley. En Venezuela, este tema está regulado principalmente por la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNA), que establece un sistema especial de responsabilidad penal para menores de edad, diferenciándolos de los adultos. A continuación, se explica cómo funciona la imputabilidad de niños y adolescentes en el país.
Edad de imputabilidad
Menores de 12 años: Los niños menores de 12 años no son imputables penalmente. Esto significa que no pueden ser sometidos a un proceso penal ni recibir sanciones por la comisión de hechos punibles. En su lugar, si cometen una acción considerada delito, se les aplican medidas de protección contempladas en la LOPNA, enfocadas en su bienestar y desarrollo.
Adolescentes entre 12 y menos de 18 años: A partir de los 12 años, los adolescentes sí son imputables penalmente, pero bajo un sistema especial de justicia juvenil. Esto implica que pueden ser responsables de sus acciones, aunque las sanciones y el proceso judicial tienen un enfoque distinto al de los adultos.
Sistema de responsabilidad penal para adolescentes
El sistema de justicia para adolescentes en Venezuela, regulado por los artículos 526 al 685 de la LOPNA, tiene un carácter socioeducativo. Su objetivo principal es la rehabilitación y la reintegración social del menor, en lugar de la punición. Este sistema incluye:
Medidas no privativas de libertad:
Amonestaciones (advertencias verbales).
Imposición de reglas de conducta.
Servicios a la comunidad.
Libertad asistida (supervisión por parte de un tutor o institución).
Medidas privativas de libertad:
Se aplican solo en casos graves y como último recurso.
La duración máxima es de 5 años para adolescentes entre 14 y 18 años, y de 2 años para los de 12 a 14 años.
En lugar de cárceles comunes, los adolescentes son enviados a centros especializados.
Además, los adolescentes tienen derecho a la defensa, asistencia legal (pública o privada) y un proceso que respete el debido proceso y la tutela judicial efectiva.