

Uso legal de la IA por abogados en California
Reporte para raymondorta.com — 4 de septiembre de 2026
California no ha dicho “los abogados no pueden usar inteligencia artificial”. Ha dicho otra cosa, más incómoda y más seria: puedes usarla, pero no puedes esconderte detrás de ella.
Ese es el hilo de casi todo lo que se ha aprobado, se está discutiendo o ya se aplica en los tribunales. La herramienta puede investigar, resumir, bosquejar o revisar. El que responde sigue siendo el abogado.
Dónde estamos hoy
A esta fecha, SB 574 todavía no es ley. La Legislatura la aprobó por unanimidad a finales de agosto y está en el escritorio de Gavin Newsom. Mientras él decide, el marco real es este:
- las Reglas de Conducta Profesional que ya existen;
- la Practical Guidance del State Bar, actualizada en mayo de 2026 (incluye IA agéntica);
- las reglas del Judicial Council para jueces y personal de los tribunales;
- y lo que los jueces ya están haciendo: sancionar escritos con citas inventadas.
En paralelo, el Comité de Responsabilidad Profesional (COPRAC) tiene encima de la mesa enmiendas a las reglas 1.1, 1.4, 1.6, 3.3, 5.1 y 5.3. Las vuelve a ver el 11 de septiembre. Si la Corte Suprema las aprueba, verificar una cita dejará de ser “buena práctica” y pasará a ser deber disciplinario expreso.
En la práctica, el estándar ya está ahí. SB 574 solo lo escribiría con letra más grande.
Lo que SB 574 quiere dejar por escrito
El proyecto define IA generativa de forma amplia: un sistema que produce texto, imagen, video o audio sintético a partir de lo que aprendió.
Si Newsom la firma, un abogado que use esas herramientas tendría que cumplir cinco cosas:
No delegar el ejercicio de la abogacía. La frase es seca a propósito: “An attorney shall not delegate the practice of law to generative artificial intelligence.” No se trata de prohibir el software. Se trata de que la calificación jurídica, la estrategia y la decisión de qué se alega no las tome el modelo.
Cuidar el secreto. No se mete información confidencial, datos personales u otra información no pública en un sistema al que puedan acceder personas que no estén obligadas a guardar el secreto. En castellano claro: ChatGPT de consumidor, Claude abierto o cualquier modelo que entrene con tus prompts queda fuera para expedientes reales. Hace falta entorno enterprise, contrato de no entrenamiento y control de acceso.
Verificar y corregir. Hay que tomar medidas razonables para comprobar que lo que salió del modelo es cierto —sobre todo las citas— y para limpiar alucinaciones antes de usar el texto.
Las citas de un escrito judicial. El abogado responsable de presentar el documento tiene que haber verificado personalmente cada cita, venga o no de la IA. Ya no vale “lo generó el sistema y yo firmé”.
Decírselo al tribunal. Hay que revelar el uso de IA generativa en lo que se presenta al juez. En lo que se publica para el público, al menos valorarlo.
Para los árbitros el tono es aún más duro: no pueden ceder ninguna parte de su decisión a una herramienta de IA ni apoyarse en material generado fuera del expediente sin avisarlo a las partes.
Lo que el State Bar ya les está diciendo a los colegiados
La guía de 2026 no es una ley, pero en California pesa. Parte de una idea simple: las reglas de siempre siguen vigentes. La IA no inventa un vacío ético.
Competencia (regla 1.1): hay que entender qué hace y qué no hace la herramienta. Detectar una alucinación no basta. El abogado tiene que seguir decidiendo. Si un agente autónomo “hace el trabajo”, el problema no desaparece: se agrava, porque hay menos control.
Confidencialidad (regla 1.6): leer los términos, saber si el proveedor entrena con los datos, limitar accesos. Si el riesgo es real, pedirle consentimiento informado al cliente. Con IA agéntica, además, vigilar que el sistema no se vaya solo a enviar información hacia fuera.
Candor ante el tribunal (regla 3.3): la veracidad no se subcontrata. Antes de presentar un escrito hay que comprobar que la autoridad existe, dice lo que se dice que dice y no está sacada de contexto.
Comunicación con el cliente (regla 1.4): no hay que revelar cada prompt. Sí hay que hablar cuando el uso de la herramienta cambie de verdad el costo, el alcance o la forma en que se toma la decisión.
Supervisión (5.1 y 5.3): el despacho necesita política, formación y control. “Lo hizo el asociado con ChatGPT” no es defensa.
Honorarios (regla 1.5): se factura el tiempo real. Si la IA acortó el trabajo, eso tiene que verse en la cuenta o en el pacto de honorarios. Recargar una suscripción genérica como si fuera magia facturable es un problema.
La guía es especialmente clara con la IA agéntica: más autonomía no significa menos responsabilidad. No se deja que un agente presente, aconseje o comunique en nombre del cliente sin que un abogado haya visto el resultado.
Los tribunales no están esperando a Newsom
Desde 2025, jueces y personal judicial tienen su propia norma (regla 10.430 y Standard 10.80): no meter datos confidenciales en modelos públicos, no discriminar con la herramienta, verificar y corregir, y pensar si hay que advertir cuando el texto sale al público. SB 574 se inspiró en eso.
En los juzgados el mensaje ya es cotidiano. Llegan escritos con casos que no existen, citas mal atribuidas o párrafos que suenan a derecho y no lo son. Los jueces sancionan: costas, amonestaciones, horas de ética sobre IA, a veces remisión al Colegio. Decir “no sabía que alucinaba” en 2026 suena poco creíble.
Qué se puede hacer y qué no
Se puede y se está haciendo usar IA para investigar, ordenar un expediente, sacar un primer borrador, revisar un contrato, traducir o resumir documentos largos. Eso es legal si hay revisión humana de verdad, un entorno que no se quede con los datos del cliente y una comprobación de cada afirmación jurídica que vaya a firmarse.
Lo que genera problemas de verdad:
- pegar el secreto del cliente o la estrategia en un modelo abierto;
- presentar un escrito con citas que nadie leyó en la fuente;
- dejar que un agente “mande” sin que el abogado apruebe;
- cobrar como si el trabajo hubiera durado lo de siempre cuando la máquina lo acortó y nadie lo dijo;
- fingir que la calificación jurídica la hizo el sistema y uno solo “revisó un poco”.
La frase que resume el derecho californiano en esta materia es casi de manual: la IA asiste; el abogado responde.
Una lista útil, no un protocolo de despacho grande
- Decidir qué herramientas están autorizadas y cuáles no.
- Usar solo plataformas con contrato: sin entrenamiento con datos del cliente y con acceso controlado.
- No meter información confidencial donde no haya ese control.
- Verificar las citas antes de firmar. Personalmente, o con un abogado que asuma esa verificación.
- Corregir lo que el modelo inventó. No “casi siempre acierta”.
- Formar al equipo. El State Bar ya tiene MCLE de tecnología e IA.
- Pensar cuándo hay que decírselo al cliente, y dejar constancia.
- Ajustar la facturación a lo que realmente se trabajó.
- Supervisar a asociados, paralegales y proveedores.
- Seguir SB 574 y las enmiendas a las reglas. En California esto se mueve mes a mes.
California no está cerrando la puerta a la inteligencia artificial en el Derecho. Está diciendo que el ejercicio de la abogacía sigue siendo una actividad humana, que el secreto no se vierte en un modelo público y que lo que llega a un tribunal tiene que haber pasado por los ojos de quien firma.
Si Newsom firma SB 574, será la primera ley estatal de este tipo en Estados Unidos. Si no la firma, el estándar no desaparece: ya está en la guía del Colegio, en las reglas vigentes y en las sanciones de los jueces.
Para quien enseña o trabaja en la intersección entre IA y Derecho, el punto no es técnico. Es profesional. Usar la herramienta con rigor. Dejar rastro de la revisión humana. Y no confundir velocidad con competencia.
Este texto refleja el estado al 4 de septiembre de 2026. Habrá que actualizarlo el día que Newsom firme o vete, y otra vez cuando la Corte Suprema se pronuncie sobre las reglas.
